
Para transmitir el Mundial es necesario contar con permisos para evitar multas; pero no todos pueden llegar a sancionarte.
Tomemos en cuenta que aunque la FIFA sea propietaria del evento, lo cierto es que no tiene facultad en dicho rubro para comenzar una sanción en contra de un negocio o persona que comparta la emisión del evento.
¿Quién sí tiene facultad para multarme por retransmitir el Mundial?
Entonces ¿Quiénes son los encargados y autorizados de poder multarte? No te dejes sorprender, porque si llegaras a caer en ésta infracción debes saber que no todos están facultados para levantar dicho castigo.
Para entender mejor esto debemos saber que la norma en México sí contempla como una falta el hecho de ganar dinero a través de la retransmisión de un evento, pese a que pagues un servicio privado o sea en televisión abierta.
Esto podemos encontrarlo en la Ley Federal del Derecho de Autor establece, la cual dicta en el artículo 231, que tales acciones constituyen una infracción por compartir sin autorización contenido protegido, en aras de ganar dinero.
Por ello es que en estos casos interviene tanto el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) como el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor), quienes son las instancias encargadas de velar por los derechos de autor y propiedad, como lo menciona en sus nombres.
En esencia, puedes hacerte acreedor a una sanción económica sumamente alta siempre y cuando retransmitas la señal del Mundial 2026 para atraer clientes, o bien, ganar dinero gracias al evento en cuestión.
¿Cuáles son las multas por retransmitir el Mundial?
Las sanciones pueden ser desde monetarias hasta la clausura de tu negocio:
- Casi 30 millones de pesos como multa.
- Clausura de manera temporal o permanente.
- Sanciones extras si reincides.
- Retiro de equipos o incluso de mercancía.
Éste tipo de mercadotecnia en donde ganamos un beneficio económico por medio de retransmitir un evento con derechos de autor se llama ambush marketing, el cual justamente busca ‘colgarse’ de un proyecto ya consolidado para obtener un beneficio propio.
Por ello es que hacer uso de estos contenidos, sin permiso, para obtener ganancias económicas representa una falta, al ser estos parte de una señal de uso doméstico exclusivo y no comercial, para ello es necesario pagar ante los encargados del evento la cantidad que soliciten por la retransmisión.
FUENTE: MILENIO | Noticias de hoy en México y el mundo al momento- Grupo Milenio
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